Este Tribunal 2º de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, de conformidad con el artículo 392 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA ADMISIBLE, la demanda penal privada incoada por el ciudadano Jesús Montilla Aponte, asistido por los abogados, Hery Nelsón Petit de Pool y Pablo Enrique Castellanos Cañizales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 54.190 y 34.093, respectivamente, en contra del ciudadano Iván Ramón Freites Chirinos, por la comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, previsto en el artículo 442 del Código Penal Venezolano.