Por todo lo anterior, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, SE CONDENA al ciudadano: ENDER RAMÓN COLINA, ante identificado, por el delito de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia 82 ambos del Código Penal, a cumplir la plena de tres (03) de prisión, conjuntamente con las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, vale decir, a la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y a la sujeción a la vigilancia de la Primera Autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada esta; que terminará de cumplir conforme a las precisiones que estime procedente el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución, que por Distribución corresponda conocer del presente causa. Y por último se exonera del al pago de las costas, por cuanto se evidencia la situ.....