este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, son propias y suficientes para declarar Sin Lugar la solicitud presentada por el ciudadano DANIEL ANTONIO DELGADO BORGES, de que se ordene su exclusión de los sistemas de reseña nacional y antecedentes penales SIIPOL, así como de cualquier tipo penal o policial, por cuanto ello le ha lesionado su condición moral y personal. Y así se decide.