Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: Con lugar la solicitud presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público del Estado Falcón Abogado WILMER LANOIS y, en consecuencia, se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del acusado VICTOR NICOLAS RODRIGUEZ GARCIA y de las medidas cautelares al acusado JULIO CESAR MIRELLIS, por el lapso de OCHO (08) MESES contados a partir de la fecha en que el acusado ut supra cumpla los dos años de reclusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo establecido en los artículos 250 y 251 numerales 2 y 3 ejusdem.
Notifíquese a las partes de la publicación de la presente decisión, conforme al conte.....