Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Juicio con Sede en Santa Ana de Coro del Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley , Administrando Justicia: DECLARA: SIN LUGAR lo solicitado por el ciudadano Abg. OSCAR SIERRA, en su carácter de defensor privado del ciudadano acusado EDGAR SELLINY SANCHEZ VELANDRIA, portador de la cédula de identidad personal Nº identidad N°: 10.746.399, en cuanto a la sustitución de la medida privativa de libertad por una medida cautelar sustitutiva de privativa de libertad de las previstas en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Pena, de conformidad con lo previsto en los artículos 26,49 y 29 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela .