Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Revisada como ha sido la medida cautelar de privación preventiva de libertad en contra del acusado MIGUEL ANGEL MOLINA BUSTAMANTE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.469.459, de 54 años, residenciado en la urbanización Calicanto casa N° 82-171, calle 69, pasando la zona industrial del recreo de Flor Amarillo, residencia de su hermana Maria del Rosario Molina Bustamante, ubicada en la ciudad de Valencia Estado Carabobo, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal interpuesta por los Abogados Defensores Abg. CRUZ ALEJANDRO GRATEROL y FÉLIX CABRERA a favor del acusado supra citado, la sustitución de la medida cautelar de pr.....