Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a ANTONIO JOSÉ MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.518.663, venezolano, de 49 años de edad, nacido en fecha 17-07-1965, y natural de esta Ciudad de Coro, Domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 2, casa Nº 3, teléfono de su hijo Luís: 0416-317-7065, Dirección de la madre en Barrio Borare, callejón Buchivacoa, casa Nº 16, por la comisión de los delitos de Ocultamiento Menor de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Posesión de Sustancias Estupefacientes previsto en el artículo 31 tercer aparte t 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos a cumplir la pena de D.....