Por todo lo antes expuestos este Tribunal Tercero de Juicio con Sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le Confiere Declara: PRIMERO: SIN LUGAR SOLICITUD DE REVISION DE MEDIDA PRESENTADA por abogada Ana Caldera a favor de su defendido Henry Daniel Sánchez, todo conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal (anterior 264 del Código Orgánico Procesal Penal derogado).
Regístrese, diaricese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a la Fiscalía.
LA JUEZA
KARINA ZAVALA ESPINOZA
LA SECRETARIA
KARLYS SANCHEZ