Por todo lo antes expuestos este Tribunal Tercero de Juicio con Sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le Confiere Declara: La no competencia para conocer sobre los hechos narrado por el abogado Jesús Mendoza, representante judicial del acusado MILKO EFREN MOLINA HURTADO, quien se encuentra plenamente identificado en auto.
Regístrese, diaricese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese.
LA JUEZA
KARINA N. ZAVALA ESPINOZA
LA SECRETARIA
KARLYS SANCHEZ