Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a ALBERTO RAFAE VARGAS SARMIENTO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-24.787.748, domiciliado en Sector La Cañada, casa Nro 5, Población de Cumarebo, Estado Falcón, hijo de Iris Marlene Vargas Sarmiento y Agustín Rodríguez López, por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de PORTE ILÌCITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en el artículo 277 y 470 del Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano. Igualmente se condena al acusado a las penas accesorias previstas y sancionadas en el artículo .....