Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a DANIEL SEGUNDO ACOSTA titular de la cédula de identidad Nº 19.251.693, venezolano, de 29 años de edad, nacido en fecha 04-06-1986, de profesión ayudante de albañil y natural de esta Ciudad, residenciado en el sector la Candelaria I, coro estado Falcón y DOUGLAS ACOSTA LUGO, titular de la cédula de identidad Nº 19.006.018, venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 20-07-1988, de profesión ayudante de electricidad y natural de esta Ciudad, residenciado en el sector La Candelaria I, coro estado Falcón, por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en la modalidad de.....