este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano REINY HUMBERTO NAVEDA, titular de la cédula de identidad Nº 20.931.868, venezolano, de 32 años de edad, nacido en fecha 11-01-1982, de profesión ayudante de albañil y natural de esta Ciudad, residenciado en el sector libertadores, coro estado Falcón actualmente recluido en la comunidad penitenciaria, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo, y POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICA, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en aplicación del procedimiento por admisión de los hechos a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y QUINCE (15) DÌAS.....