Este Tribunal Tercero de Juicio con Sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le Confiere Acuerda: MODIFICAR los términos de la Medida Precautelativa de Prohibición de Inmovilización de Cuentas Bancarias que pesa sobre las cuentas que están a nombre del ciudadano Ramón Antonio Perozo, acordando su mantenimiento salvo en las cuentas bancarias del Banco Provincial, signada con el número 0108-0007-24-0200198814, la cual es donde le realizan la asignación de dinero por concepto de jubilación del Ministerio de Educación y Deporte y la cuenta número 0108-0149-44-0201247560, en donde le cancelan la remuneración de la jubilación por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, ello conforme al artículo 89, 91 Y 92 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
Regístrese, diaricese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese.