Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la Cesación de las Medidas de Seguridad que le fueran Impuestas en fecha 19-09-02 por el Juzgado primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal al Ciudadano ARTURO ALEJANDRO MEDINA SPAMER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.689.547 y domiciliado en el sector Mañongo, condominio la Florida, Torre Sur, Piso II, apartamento 11-B, Municipio Naguanagua, Estado Carabobo.Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico procesal Penal en concordancia con el artículo 515 ejusdem. Quedan notificadas la partes por encontrarse presentes en audiencia. Expídanse las copias simples requeridas por la Defensa. Comuníquese a "Hogares Crea de Venezuela" sobre lo resulto en audiencia. Cúmp.....