este Tribunal Segundo de Ejecución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 479 eiusdem, pasa a efectuar el cómputo de la pena en la siguiente causa seguida contra la penada KRISQUELYS ANDREINA VARGAS NAVARRO, Venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.519.517, Mayor de edad, y domiciliada en el Barrio Curazaito, Calle Proyecto con Calle Sol y Calle Nueva, Casa S/n, Coro, Estado Falcón, condenada a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por encontrarla responsable del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado contemplado en el artículo 31, segundo aparte de la Ley Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano, y quien actualmente cumple condena en el Internado Judicial del Estado Falcón, en tal sentido .....