este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal Tercero en función de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede judicial de Santa Ana de Coro, publicada en fecha 2 de Julio del 2010, en la que se condena al ciudadano JHON CRISTOPHER PETIT MEDINA, titular de la cedula de identidad Nº 6.723.199, por la comisión del delito de PECULADO DOLOSO IMPROPIO, previstos y sancionados en el artículo 52 parte in fine de la Ley contra la Corrupción, a cumplir la pena de TRES (03) años de prisión, y las accesorias legales correspondientes de conformidad con el artículo 16 del Código Penal