Así mismo pueden optar, previo cumplimiento de los requisitos de Ley por los siguientes Beneficios:
1- Destacamento de Trabajo y Régimen abierto: A partir de la presente fecha.
2- Libertad Condicional: Una vez se haya cumplido las 2/3 partes de la pena y corresponde para la fecha 13 de Octubre de 2006.
3- Optan por Confinamiento para la fecha 13 de Enero de 2007.
4- Cumplen la pena para la fecha 13 de Octubre de 2007.
Notifíquese. Cítense a los penados para que comparezcan en fecha 24 del mes y año en curso a las 9:00 am. a los fines de la imposición del presente auto y a efectos de que manifieste si desea acogerse o no al beneficio de suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Practíquese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
ABOG. CARISBEL BARRIENTOS
Seguidamente Se dio cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA