Este Tribunal 2° de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: Sin lugar la solicitud de imposición de una medida menos gravosa a los adolescentes: REIBEL DE JESUS VILCHEZ ABREU, venezolano, portador de la cédula de identidad personal Nº 26.462.904, de estado civil soltero, nacido en fecha 05-01-1998, de 14 años de edad, hijo de Ninoska Vilches Abreu y de Alerico Seprum, domiciliado en el barrio la polar, calle 191 casa 48-N-43, Maracaibo Estado Zulia. Profesión estudiante. Notifíquese a las partes. Ofíciese a la Comandancia General de la Policía de Falcón haciéndose saber que deberá velar por la integridad física y la vida del adolescente ya identificado, a la Casa de Formación para Varones en cuanto a lo aquí decidido, recordando la responsabilidad que le asiste en cuanto al resguardo del mismo . Notifíquese a la Def.....