Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda decretar la libertad plena del Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA, por cuanto no recaen sobre él las sospechas fundadas de ser el autor del delito tipificado en el artículo 453 del Código Penal. Líbrese la respectiva boleta de libertad. Quedan todos notificados de la presente decisión.
El Juez Segundo de Control
La Secretaria
Abog. Samuel Saher Martínez
Abog. Carysbel Barrientos
Se libró boleta de libertad.
La Secretaria