EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PRIMERO: Decreta en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificada en actas, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad conforme al el artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente consistente en la Presentación Periódica por Quince (15) días, por ante el puesto policial de san Luis , parroquia SAN LUIS del Municipio Miranda del Estado Falcón , ello por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, EN GRADO DE FRUTACION establecido en el articulo 423, en concatenado con el articulo 83 del Código Penal, así mismo decreta esta juzgadora la imposición del literal F correspondiente a la siguientes medidas innominadas ; 1 la prohibición de transitar después de las 10:30 de la noche sin la compañía de su representante lega 2 la prohibición de ingerir bebidas alcohólicas o sustancia de estupefacientes 3 la prohibición de acercarse a la victima Segun.....