este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: PRIMERO: Medida Cautelar establecida en el articulo 582 literal b) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, en perjuicio del Estado Venezolano en contra del adolescente : IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA ; Consistente en quedar al cuidado de su representante, el ciudadano Jaime Polanco; SEGUNDO: Se ordena seguir el procedimiento ordinario, remítase en su oportunidad legal al representante fiscal.