Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control Sección Adolescentes de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR solicitud Fiscal, y sin lugar la solicitud de la defensa, y en consecuencia se le impone al adolescente imputado PEDRO MANUEL RUIZ GOMEZ, la medida de DETENCION PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el articulo 559 de la lopnna por la presunta comisión de los delito de COOPERADOR en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ELVOSIA EN LA EJECUCION DEL ROBO AGRAVADO , establecido en el articulo 406 numeral 01 en relación con el 458 del código penal, de conformidad con el articulo 83 del código penal, estableciéndose como sitio de reclusión la Policía de Cumarebo hasta tanto la fiscal del Ministerio Publico en un lapso de 96 horas realice la investigación correspondiente, una vez practicada la misma deberá ser conducido hasta la entidad de atención varones coro d.....