PRIMERO: declara Sin Lugar lo solicitado por la defensa publica en relación al sobreseimiento definitivo. SEGUNDO: se admite totalmente la acusación de conformidad a lo establecido 578 literal "a" de la Lopnna, formulada por la Representación Fiscal contra los adolescentes ALBERT OSNEIVER LOPEZ GUTIERREZ Y JORGE ANTONIO MIR CANELONES por la presunta comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO tipificado en el Articulo 458 en concordancia con el articulo 83 ambos del código penal en perjuicio de JESUS GERARD DUGARTE RIVAS por reunir los requisitos de ley.