Este Tribunal Segundo de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón ; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud Fiscal. En consecuencia decreta contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, medida cautelar sustitutiva de libertad conforme al artículo articulo 92 Ordinal "8vo" de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, consistente en la presentación cada 15 días ante la sede del Circuito Judicial Penal extensión Tucacas