ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA: PRIMERO: con lugar la solicitud Fiscal, en relación al adolescente imputado RICHERD RAFAEL MARRUFO PACHECO plenamente identificado en actas, la Detención Preventiva establecida en el articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente, se acoge la precalificación Fiscal del delito de ROBO AGRAVADO establecido en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Maria de los Ángeles, Fernández, Jesús Eduardo Montero Jordán y Ernesto Luís Flores Bonalde, SEGUNDO: Se modifica el sitio de reclusión en su domicilio en la siguiente dirección: Calle Libertad con Sucre, Sector 28 de Julio casa Nº 47, frente al Colegio los Medanos, antes de llegar a la batea (quebrada), Coro, estado Falcón. TERCERO: Se decreta el procedimiento ordinario. Se ordena librar boleta de encarcelación. Líbrese oficio al Comandante de Polifalcon a f.....