DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA la libertad plena de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , por considerar que en este inicio de fase preparatoria no se encuentran satisfechos ambos extremos del artículo 551 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y los del articulo 581 eiusdem y 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Lí|brense las correspondientes boletas de libertad.
El Juez Segundo de Control
El Secretario de Sala
Abog. Samuel Saher Martinez
Abog. Jamil Richani
En esta fecha se lib.....