DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Control del Sitema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, sanciona al acusado IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, a cumplir la medida de seis (6) meses de libertad asistida (sanción estipulada en el ertículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), motivo por el cual deberá presentarse periodicamente ante el despacho del Coordinador del Consejo de Protección de los Derechos delNiño y del Adolescente del Municipio Dabajuro del Estado Falcón, cada quince (15) dias, contados a partir del día lunes veinte (20) de los corrientes, la primera presentación, y las sucesivas los días treinta (30) y quince (15) de cada mes, hasta el día dieciseis (16) de abril de dos mil cuatro (2004), para someterse a su asistencia, orientaci.....