DIPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los Artículos 30 ultimo aparte, 59 y 60 de la Constitución de la Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los artículos 14 y 23 de la Ley de Protección a la Victima Testigos y demás Sujetos Procesales, ACUERDA: MEDIDA DE PROTECCIÓN INTRAPROCESO a la ciudadana, que a partir de este momento se identifica en la presente actuación como "VICTIMA", consistente dicha medida en:
1.- Se ordena la Protección a través de RECORRIDO POLICIAL, realizado por Funcionarios Adscritos Funcionarios Adscritos a POLIFALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, quienes conforman la Brigada Especial de Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, por un lapso de tres (03) meses, la cual será cum.....