Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto, seguido contra los ciudadanos REINOLD JOSE ARCAYA GOMEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.- 12.789.660, residenciado en la Calle Las Rosas, Casa S/N, Barrio La Aurora, Los Taques Estado Falcón, VITELIO RAMON DIAZ DIAZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 7.572.140, residenciado en Barrio La Aurora, Casa S/N, Los Taques Estado Falcón, FRANCISCO RAMON GOMEZ SANCHEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 14.647.966, residenciado en el Barrio La Aurora, Casa S/N, los Taques Estado Falcón, ARGENIS RAMON DIAZ GARCIA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 5.571.769, residenciado en el Barrio La Aurora, Casa S/N, Los Taques del Estado Falcón y DOMINGO .....