DECISIÓN
En atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: de Conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA el ARCHIVO de las actuaciones. Segundo: como consecuencia de lo anterior, se DECRETA el Cese Inmediato de toda medida de coerción personal, cautelar y de aseguramiento impuesta, así como la condición de imputado, al ciudadano ESTEBAN JOSE GONZALEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.026.324, estado civil Soltero en Concubinato, grado de instrucción: Bachiller, de Oficio Operador, hijo de Francisco González y Enma de González (+), residenciado en la Población de Charaima, Via Adicora, Calle S/Nº, Casa S/N° mitad de Piedras y Amarilla, cerca de la Manga de Coleo, teléfono 0414.....