Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: ADMITE totalmente la Acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público y modificada en esta Sala, las Pruebas Presentadas por el Ministerio Público, y en virtud de haberse acogido los Imputados al Procedimiento Especial de Admisión de Hechos se CONDENA al Ciudadano Imputado ELVIS RAMÓN MARTINEZ BELLO, quien dijo llamarse como quedo escrito, Titular de la Cedula de Identidad Nº 17.667.434, de 24 años de edad, nacido en fecha 01-04-1984, de profesión Obrero, Hijo de Clara Luisa Bello y Pedro Ramón Martínez, domiciliado en Urbanización El Oasis, Calle Nº 24 Casa S/Nº Teléfono 0269-7668087, Punto Fijo, Estado Falcón, a cumplir la pena de DIEZ (10) años de Prisión mas las penas accesorias de Ley, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE IL.....