DISPOSITIVA.
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con Sede en ésta ciudad de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en el presente asunto seguido por ante éste Tribunal, signado con el número IJ11-S-2001-00054, a favor del ciudadano JOAQUÍN VENTURA CARVALLO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 11-05-1970, de profesión u oficio obrero, natural de Punto Fijo y residenciado en el Sector el Cardón, Calle y Casa SN de este Ciudad POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL; todo de conformidad a lo previsto en el artículo 318 Numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con la previsión normativa del numeral 8 del Artículo 48 Ejusdem. Y Así se Decide. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes del Presente Pronu.....