DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud Fiscal del Ministerio Público de imponer a los ciudadanos CARLOS ALBERTO LUGO HIDALGO y JAIRO CONCEPCIÓN DAVILA QUINTERO (ampliamente identificados en autos) de la medida cautelar de privación judicial de libertad de conformidad con lo previsto y sancionado en los artículos 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal por la presunta comisión del delito de, ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMAS previsto y sancionado en los artículos 458 y 277 del Código Penal y se libran las respectivas boletas de privación. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de Medida Cautelar solicitada por el Defensor Privado Abg. Leonardo Valbuena, respecto el imputado HERIBERTO CARBALLO, por lo tanto se.....