Por lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera procedente lo solicitado por la Defensa en lo referente a la Revisión de la Medida y Decreta a la imputada MIRTHA CECILIA ROJAS GOITIA, la Medida Cautelar sustitutiva a la Privación de Libertad establecidas en el ordinal Primero del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en la Detención en su propio domicilio ubicado en en el Barrio Andrés Eloy Blanco, cerca del antiguo club Falcón, calle Progreso N° 9-3,Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, quien será trasladada bajo custodia policial una vez que lo den de alta en el Hospital "Dr. CARLOS DIEZ DEL CIERVO" hasta la referida Dirección. Ofíciese a las Fuerzas Armadas Policiales y al Director del referido Hospital. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez Tercero de C.....