De conformidad a lo previsto en el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena la apertura del Juicio Oral y Público contra del acusado: Carlos Argenis Lugo Lugo, venezolano, natural de Punto Fijo, titular de la cedula de identidad N°V-14.478.963, nacido en fecha 08/05/1979, de profesión u oficio obrero, de estado civil concubino, edad 26 años, residenciado en el Antiguo Aeropuerto, sector 7, vereda 43, casa s/n tiene piedras marrones, puerta marrón, cerca de la licorería Guasare, Punto Fijo estado Falcón, hijo de Luisa Ester Lugo Román y Castro Segundo Lugo Lugo; Se mantiene la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del Delito de: Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano; Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (05) días siguientes a su notificación concur.....