Por todo lo antes expuesto se considera procedente o0rdenar la notificación al Minitsrio de la salud para e¿Qué en un laspsom no mayor a treinta dpias continuos contados a partir de hoy 06/05/2008 se pronuncie sobre si requiere o no la sustancia incautada en el presente asunto, con fines terapeuticos o investigativos, caso en el que su respuesta sea negativa, o expire el tiempo de treinta días continuos acordados, procederá éste Despacho a autorizar al Ministerio Público, por organo de la Fiscalía Trece, la destrucción de la sustancia estupefaciente, cuyo experto designado desde ya por el Tribunal para que esten presentes en el acto son alternativamente, ROSANGEL ZAMBRANO o ZULEIMA MINDIOLA, ello de conformidad con lo pautado en el artículo 119 en su primer aparte, en consecuencia se ordena;