En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: : PRIMERO: Homologa en su totalidad el acuerdo reparatorio al cual llegaron el acusado y la víctima, en la audiencia de de fecha 28 de Septiembre de 2009, y no habiendo obligaciones pendientes por cumplir, decreta la extinción de la acción penal, y en consecuencia SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano: ISRAEL ANTONIO BONIA BORGES, titular de la cédula de identidad: 12.175.210, nacido en fecha: 09-12-1971, Edad: 38, Grado de Instrucción: Primer Año, residenciado SECTOR UNIVERSITARIO, CALLEJON MANAURE, CASA NRO. 04 SIN FRISAR DE ESTA CIUDAD DE PUNTO FIJO, todo de conformidad con los artículos 40, 48.6, y 318.3 de la Ley Adjetiva Penal. SEGUNDO: Acuerda el cese de la medida cautelar sustitutiva que d.....