En fuerza y consecuencial acatamiento de lo antes expuesto, y en atención a lo pautado en los numerales 2, 5 y 9 del artículo 330 de Código Orgánico Procesal Penal, así como lo preceptuado en el artículo 331 Ejusdem, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad que le Confiere la ley, pasa a hacer los siguientes pronunciamientos;
- Se Admite Totalmente la Acusación Penal interpuesta por la Representación Decimó Tercero (A) del Ministerio Público, en contra de los acusados: Alexis Ibrahin Andrade, Alexis Gregorio Ruiz Galicia, Leiro Alexander Dávila y Carmen Rodríguez De Andrade , todo ello de conformidad con lo pautado en el numeral segundo del artículo 330, en plena y eficaz relación, a su vez, con el encabezamiento del artículo 331, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y así se Decide.
- Se admiten parcialmente las Pruebas ofertadas por la Representació.....