Por todo lo ante expuesto éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a las imputadas Naida Rosa Machado y Yanet Coromoto Ordoñez la Libertad y le impone la Medida Cautelar Sustitutiva establecidas en el Ordinal 3° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación ante la oficina de Alguacilazgo cada Treinta (30) días en un horario comprendido de 8:30 am a 3:30 pm. Se ordena la tramitación por el Procedimiento Ordinario. Así mismo se decreta la Rueda de reconocimiento de individuos solicitada por el representante del Ministerio Público. Líbrese la correspondientes boletas. Notifiquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Remítese el presente asunto a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en su oportunidad Legal . Así se decide.
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