Por todo lo antes expuesto, Código Orgánico Procesal Penal, pasando a dictar la siguiente dispositiva. Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud hecha por la representación del Ministerio Público; en consecuencia, se decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano: PABLO JAVIER SOSA AGUIRRE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 19.647.019 de 29 años de edad, estado civil soltero, de ocupación comerciante, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 29/11/1984, Domiciliario: Los Rosales, a una cuadra de la calle donde esta el Tanque (es una residencia), teléfono 04164607401 (concubina), conforme a lo establecido n el artículo 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se decreta el trámite del procedimiento ordinar.....