Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA al Ciudadano JOSE GREGORIO CAÑIZALEZ el juzgamiento en libertad y por ende la libertad plena, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 44 constitucional y 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, y se deja sin efecto la Orden de Aprehensión, que pesa sobre el ciudadano. Regístrese y Publíquese. Déjese copia de la presente resolución. . Remítase el presente asunto a la Fiscalía Segunda de Transición del Ministerio Público a los fines de que presente acto conclusivo conforme a lo establecido en el artículo 522 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.