Por lo que en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón extensión Punto Fijo DECRETA al ciudadano EMMANUEL JESUS DIAZ: quien se identifico como queda escrito, de nacionalidad venezolano, natural de Punto Fijo, Estado Facón, nacido en fecha no sabe la fecha en que nació, de 20 años de edad, cédula de identidad Nº 25.126.901, hijo de Juana Gómez y Jesús Salvador Díaz (no la Porta) estado civil soltero, grado de instrucción ninguno (no sabe leer y escribir), domiciliado en Barrio CREOLANDIA, calle Sucre con Unión , casa S/n, pintada de Azul Oscuro cerca de la Licorería LIN de esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, de oficio: ninguno, MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto.....