Por lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara improcedente lo solicitado por la Defensa en lo referente a la Revisión de la Medida y concederle una medida menos gravosa a la Imputada CARMEN EMILIA CABRERA MEDINA. Notifíquese a las partes y a la imputada. Cúmplase.
ABG. SATURNO RAMIREZ ZORRILLA
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
ABG. MARIELA MORILLO
SECRETARIA DE SALA