De conformidad a los previsto en el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena la apertura del Juicio Oral y Público contra el acuasdo: JESUS ANTONIO ROJAS GOMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N°.V-18.700.460, soltero, trabaja en el Puerto de Guaranao, nacido en fecha 19-07-1986, residenciado en El Sector Blanquita de Perez, apartamento N°9 del BTV, Punto Fijo Estado Falcón, y se mantiene la Privativa de Libertad, a quien se le imputa la comisión del Delito de: ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, tipificado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, concatenado en relación con los ordinales 1° y 3° del artículo 6 ejusdem; en perjuicio de los ciudadanos: YOCHI ZARRAGA GOITIA Y FRANKLIN BOTELLO RODRIGUEZ. Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (05) dias siguientes a su notificación concurran ante el Juez de Juicio respectivo. Se ordena la remisión del presente asunto penal en su oportunidad legal al Tribunal de J.....