Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara sin lugar lo solicitado por la Fiscalía en relación a que se Decrete una medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad e impone a la imputada CARMEN DEL VALLE SEMECO, antes identificado de la medidas cautelares contenidas en los ordinales 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación al Tribunal cada quince (15) días a partir de la presente fecha y la prohibición de salida del Estado Falcón sin la autorización del Tribunal, y al imputado CARLOS RAFAEL PULGAR SEMECO, las establecidas en los ordinales 3° y 9° del referido dispositivo legal consistentes en la presentación cada quince días por ante el Circuito y la obligación de someterse a una institución donde se le haga un tratamiento adecuado por la presunta comisión del De.....