DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Tercero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: Se declara con lugar la petición del Ministerio Público y en consecuencia se decreta al ciudadano: HECTOR RAMON GOMEZ RAMIREZ, de nacionalidad venezolano, natural de Punto Fijo estado Falcón, de 25 años de edad, nacido en fecha 19/09/1987, estado civil concubino, de profesión u oficio obrero, con residencia Sector Universitario, francisco de miranda II, calle Los jardines, casa sin número, de esta de Punto Fijo Estado Falcón, titular de la cedula de identidad numero V-19.831.065, hijo de Héctor Ramón Gómez (+) y Irene Ramírez, teléfono 0416-8629075, la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad a lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal, por la presunta comisión del delito de: por la presunta comisión del delit.....