Por todo lo antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo, del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE. ÙNICO: Se declara SIN LUGAR la solicitud hecha por la defensa privada del ciudadano DANIEL NOE SAEZ BERMUDEZ, y por lo precedente expuesto estima necesario mantener la medida decretada en su oportunidad a los fines de lograr dar fiel cumplimiento y determinar la búsqueda de la verdad de conformidad con los dispuesto en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal que rige esta materia.