Cabe destacar también éste órgano jurisdiccional que en su momento oportuno el Ministerio Público interpuso escrito formal de acusación Fiscal en contra del ciudadano: GILLERMO JOSE CORONEL BARROSO, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, de conformidad con lo establecido en el articulo 406, ordinal 1º concatenado con el articulo 80, ultimo aparte y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 227 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JHOAN GONZALEZ PEREIRA y el ESTADO VENEZOLANO; y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, ilícitos estos previstos y sancionados en el articulo 5 en relación con el articulo 6, numerales 1,2,3 y 8 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y el Estado Venezolano; asimismo observa esta Juzgadora que el delito por el cual esta siendo acusado el ciudadano ut-supra, son delitos graves, es por lo que se considera procedente r.....