Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por Decisión Unánime de sus miembros, encuentra al acusado CARLOS JOSE ESCALONA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 08-10-70, de profesión u oficio Técnico Electricista, titular de la cédula de identidad Nro. 10.856.651, residenciado en la calle Nro. 5, casa Nro. 2, Urbanización Bicentenaria del Municipio Peña del Estado Yaracuy, CULPABLE por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO (con alevosía y por motivos fútiles o innobles), previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 2° del Código Penal venezolano, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de YURIS MARIA SÁNCHEZ BORREGALES, y le impone la pena de VEINTITRES (23) AÑOS DE PRESIDIO, la cual cumplirá en el establecimiento penitenciario que a bien indique el Juez .....