Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Revisa la Medida y NIEGA la imposición de una medida menos gravosa al ciudadano JOSE ATENCIO TORRES (...), venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 20.551.288, de 23 años de edad, nacido en fecha 15.05.1989, natural de Punto Fijo estado Falcón, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, y en tal sentido se ordena mantener la Privación judicial Preventiva de Libertad. Notifíquese a las partes. Regístrese, Diarícese y Publíquese. Cúmplase.